Términos del servicio

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES de Trendabrands

Artículo 1 Aplicabilidad

  1. Las disposiciones contenidas en estos términos y condiciones generales se aplican y forman parte inseparable de nuestras ofertas, de todos los pedidos realizados a nosotros, de todos los contratos celebrados por nosotros en los que actuemos como vendedor, de todos los consejos proporcionados por nosotros, así como de todas las demás relaciones jurídicas, incluidas las futuras.

  2. Expresamente rechazamos la aplicabilidad de los términos y/o condiciones generales utilizados por la contraparte.

  3. Cualquier condición divergente utilizada por la contraparte solo será vinculante para nosotros si la hemos aceptado expresamente por escrito.

Artículo 2 Ofertas y cotizaciones

  1. Todas las ofertas son sin compromiso, a menos que en la oferta se indique un plazo para la aceptación.

  2. Las cotizaciones realizadas por nosotros son sin compromiso; son válidas por un período de veintiún días, salvo que se indique lo contrario. Solo estaremos obligados por las cotizaciones si la aceptación de las mismas por parte de la contraparte se confirma por escrito dentro de los veintiún días.

  3. Los plazos de entrega en nuestras cotizaciones son indicativos y su incumplimiento no otorga a la contraparte el derecho a disolver el contrato ni a reclamar indemnización, salvo acuerdo expreso en contrario.

  4. Los precios en las ofertas y cotizaciones mencionadas no incluyen el IVA ni otros impuestos gubernamentales, así como tampoco los costos de envío, transporte y embalaje, salvo indicación expresa en contrario.

  5. Si la aceptación difiere (en puntos secundarios) de la oferta incluida en la cotización, no estaremos obligados por ello. En ese caso, el contrato no se considerará celebrado conforme a la aceptación divergente, salvo que el usuario indique lo contrario.

  6. Una cotización compuesta no nos obliga a suministrar una parte de los artículos incluidos en la oferta o cotización por una parte proporcional del precio indicado.

  7. Todas las listas de precios, folletos y otros datos proporcionados antes o con una oferta se presentan con la mayor precisión posible. Solo serán vinculantes para nosotros si han sido confirmados expresamente por escrito. No se requiere proporcionar detalles.

  8. Los dibujos y otros documentos relacionados con una oferta o un contrato de compra seguirán siendo de nuestra propiedad. La contraparte será responsable de cualquier daño que suframos o podamos sufrir como consecuencia de la infracción de la prohibición descrita en esta sección. Los documentos mencionados anteriormente deberán ser devueltos a nuestra primera solicitud.

Artículo 3 Ejecución del contrato

  1. Los acuerdos solo se concluyen mediante una aceptación / confirmación por escrito de un pedido por nuestra parte.

  2. Los pedidos aceptados por representantes y otros intermediarios y/o revendedores solo serán considerados aceptados por nosotros una vez que los hayamos confirmado por escrito.

  3. Cualquier acuerdo adicional o modificación posterior, así como los acuerdos y/o compromisos hechos por nuestro personal o en nuestro nombre por representantes u otros intermediarios y/o revendedores, solo nos vincularán si los hemos confirmado por escrito.

  4. No seremos responsables de ningún daño, de cualquier tipo, resultante de nuestra dependencia de datos incorrectos y/o incompletos proporcionados por la contraparte, a menos que la incorrección o incompletitud nos hubiera sido razonablemente evidente.

  5. Si se acuerda que el contrato se ejecutará en fases, podremos suspender la ejecución de aquellas partes pertenecientes a una fase posterior hasta que la contraparte haya aprobado por escrito los resultados de la fase anterior.

  6. La contraparte nos indemniza por cualquier reclamación de terceros que sufran daños en relación con la ejecución del contrato y que sean atribuibles a la contraparte.

Artículo 4 Entrega

  1. La entrega se realiza desde nuestra planta / almacén.

  2. La contraparte está obligada a aceptar los bienes en el momento en que se los entregamos o hacemos entregar, o en el momento en que se le pongan a su disposición según el contrato.

  3. Los plazos de entrega se determinan aproximadamente. El plazo de entrega comienza cuando, después de la confirmación del pedido, se han acordado todos los detalles técnicos y todos los materiales necesarios y cualquier dibujo están en nuestra posesión.

  4. Si los bienes son entregados, tenemos derecho a cobrar los costos de entrega correspondientes, los cuales serán facturados por separado.

  5. Si hemos indicado un plazo de entrega, este es indicativo. Un plazo de entrega indicado nunca es un plazo fatal. Si se supera un plazo, la contraparte deberá notificarnos por escrito.

  6. Tenemos derecho a realizar entregas parciales, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato o que la entrega parcial no tenga valor independiente. Tenemos derecho a facturar los bienes entregados por separado.

  7. Cuando los bienes sean ofrecidos a la contraparte y no sean aceptados, se almacenarán a su disposición por su cuenta y riesgo.

Artículo 5 Prototipos, moldes y herramientas especiales

  1. Los costos asociados con el desarrollo de prototipos correrán por cuenta de la contraparte. Si un prototipo de un dispositivo fabricado por nosotros a solicitud de la contraparte funciona correctamente, no se proporciona garantía con respecto al funcionamiento del dispositivo en cuestión.

  2. Los costos asociados con la fabricación de moldes necesarios para la producción de ciertos bienes, así como los costos de adquisición y/o fabricación de herramientas especiales que solo pueden utilizarse para la ejecución de uno o varios pedidos, correrán total o parcialmente por cuenta de la contraparte. A menos que se acuerde lo contrario, los moldes y/o herramientas seguirán siendo de nuestra propiedad.

Artículo 6 Inspección y reclamaciones

  1. La contraparte está obligada a inspeccionar los bienes entregados en el momento de la entrega o dentro del menor plazo posible para verificar si los trabajos han sido realizados conforme al pedido.

  2. Cualquier reclamación sobre los bienes entregados o los trabajos realizados, así como sobre los montos facturados por nosotros, debe presentarse por escrito dentro de los 8 días hábiles posteriores a la recepción de los bienes o la ejecución del trabajo, o dentro de los 8 días posteriores a la recepción de la factura, con una descripción precisa de los hechos en los que se basa la reclamación.

  3. Si no es razonablemente posible detectar el defecto dentro del período mencionado, la contraparte deberá presentar una reclamación por escrito dentro de los 8 días posteriores al momento en que debería haber descubierto el defecto. No se aceptarán reclamaciones después de 2 meses desde la entrega.

  4. Pequeñas desviaciones en calidad, cantidad, color, tamaño y similares, que sean habituales en la industria o técnicamente inevitables, no darán lugar a reclamaciones.

  5. La contraparte no podrá presentar ninguna reclamación una vez que haya utilizado, procesado o entregado a terceros parte del trabajo entregado.

  6. La presentación de una reclamación no suspende las obligaciones de pago.

  7. Artículo 7 Compensaciones, precio y costos

  8. Si hemos acordado un precio de venta fijo con la contraparte, no obstante, tenemos derecho a aumentar el precio.


    1. Podemos transferir aumentos de precios, entre otros, si se han producido cambios significativos en los precios desde el momento de la oferta hasta la ejecución del contrato, en áreas como salarios, materias primas y productos semielaborados.

    2. Los precios que utilizamos no incluyen el IVA ni otros impuestos, así como los costos adicionales relacionados con el contrato, como los costos de envío y administración, a menos que se indique lo contrario.

    Artículo 8 Modificación del contrato

    1. Si durante la ejecución del contrato se determina que es necesario modificar y/o complementar el trabajo para una ejecución adecuada, las partes ajustarán el contrato oportunamente y de mutuo acuerdo.

    2. Si las partes acuerdan modificar y/o complementar el contrato, el plazo de ejecución puede verse afectado. Informaremos a la contraparte de esto lo antes posible.

    3. Si la modificación y/o complemento del contrato tiene consecuencias financieras y/o de calidad, les informaremos con antelación.

    Artículo 9 Pago

    1. El pago debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura, de la forma que indiquemos y en la moneda en la que se facturó. Las objeciones a la factura no suspenden la obligación de pago.

    2. Si la contraparte no paga dentro del plazo de 30 días, se considera automáticamente en mora. La contraparte deberá pagar un interés del 1% mensual, a menos que el interés legal sea más alto, en cuyo caso se aplicará el interés legal. Los intereses sobre el monto pendiente se calcularán desde el momento en que la contraparte esté en mora hasta el momento de pago completo.

    3. En caso de liquidación, quiebra, embargo o suspensión de pagos de la contraparte, nuestras reclamaciones serán inmediatamente exigibles.

    4. Nos reservamos el derecho de destinar los pagos realizados por la contraparte primero a cubrir los costos, luego los intereses y, finalmente, el monto principal y los intereses corrientes.

    Podemos, sin incurrir en mora, rechazar una oferta de pago si la contraparte señala un orden de asignación diferente.

    Podemos rechazar el pago completo del monto principal si no se paga también el interés y los costos correspondientes.

    1. Podemos aplicar un recargo del 2% por limitación de crédito. Este recargo no se aplicará si el pago se realiza dentro de los 7 días posteriores a la fecha de la factura.

    Artículo 10 Reserva de propiedad

    1. Todos los bienes entregados por nosotros, incluidos diseños, bocetos, dibujos, prototipos, modelos, archivos (electrónicos), etc., seguirán siendo propiedad nuestra hasta que la contraparte haya cumplido con todas las obligaciones derivadas de los contratos celebrados con nosotros.

    2. La contraparte no está autorizada a pignorar o gravar de otro modo los bienes sujetos a reserva de propiedad.

    3. Si terceros embargan los bienes entregados sujetos a reserva de propiedad o intentan establecer derechos sobre ellos, la contraparte debe informarnos de inmediato, tan pronto como razonablemente se pueda esperar.

    4. La contraparte se compromete a asegurar los bienes entregados sujetos a reserva de propiedad y mantenerlos asegurados contra incendios, explosiones, daños por agua y robos, y debe presentar la póliza de seguro a nuestra solicitud.

    5. Los bienes entregados por nosotros que estén sujetos a reserva de propiedad según el apartado 1 de este artículo solo pueden revenderse en el curso de una actividad comercial normal y nunca pueden usarse como medio de pago.

    6. En caso de que queramos ejercer nuestros derechos de propiedad según lo establecido en este artículo, la contraparte nos da su consentimiento irrevocable e incondicional para que nosotros o terceros que designemos podamos acceder a los lugares donde se encuentren los bienes y tomar posesión de ellos.

    Artículo 11 Garantía

    1. Garantizamos que los bienes entregados cumplen con los requisitos y normas comunes que pueden exigirse y que están libres de defectos.

    2. La garantía mencionada en el apartado 1 también se aplica si los bienes entregados están destinados a ser utilizados en el extranjero y la contraparte nos ha informado por escrito de dicho uso al momento de la celebración del contrato.

    3. La garantía mencionada en el apartado 1 tiene una duración de 3 meses después de la entrega.

    4. Si los bienes entregados no cumplen con esta garantía, los reemplazaremos o los repararemos, según nuestra elección, dentro de un plazo razonable después de recibirlos o después de recibir la notificación escrita del defecto por parte de la contraparte. En caso de reemplazo, la contraparte se compromete a devolver el bien reemplazado y transferirnos la propiedad del mismo.

    5. La garantía mencionada no se aplica si el defecto es causado por un uso incorrecto o inapropiado o si la contraparte o terceros han realizado modificaciones en los bienes sin nuestro consentimiento por escrito.

    6. Si la garantía proporcionada por nosotros se refiere a bienes producidos por un tercero, la garantía se limita a la que el productor del bien haya proporcionado.

    Artículo 12 Costos de cobro

    1. Si la contraparte incumple o se retrasa en el cumplimiento de una o más de sus obligaciones, todos los costos razonables para obtener el cumplimiento fuera de juicio correrán por cuenta de la contraparte. Si la contraparte no paga una cantidad en el plazo acordado, se aplicará una multa exigible inmediatamente del 15% sobre el monto pendiente, con un mínimo de 50,00 €.

    2. Si hemos incurrido en costos mayores que sean razonablemente necesarios, estos también serán reembolsados por la contraparte.

    3. Los costos judiciales y de ejecución razonables también correrán por cuenta de la contraparte.

    4. La contraparte deberá pagar intereses sobre los costos de cobro incurridos.

    Artículo 13 Suspensión y resolución

    1. Podemos suspender el cumplimiento de nuestras obligaciones o resolver el contrato si:

    • La contraparte no cumple total o parcialmente con sus obligaciones bajo el contrato.

    • Después de la celebración del contrato, llegamos a conocer circunstancias que nos dan motivos razonables para temer que la contraparte no cumplirá con las obligaciones del contrato. Si existe un motivo razonable para temer que la contraparte cumplirá solo parcialmente o de manera incorrecta, solo se permitirá la suspensión en la medida en que el incumplimiento lo justifique.

    • Si al celebrar el contrato se le pidió a la contraparte proporcionar seguridad para el cumplimiento de sus obligaciones y dicha seguridad no se proporciona o es insuficiente. Una vez que se haya proporcionado seguridad, cesará el derecho de suspensión, a menos que el cumplimiento se retrase de manera irrazonable.

    1. También podemos resolver el contrato si ocurren circunstancias que hagan imposible el cumplimiento del contrato o que, según los principios de razonabilidad y equidad, hagan que el cumplimiento ya no sea exigible, o si surgen circunstancias que hagan que la continuación del contrato no sea razonablemente esperable.

    2. Si el contrato se resuelve, nuestras reclamaciones contra la contraparte serán inmediatamente exigibles. Si suspendemos el cumplimiento de las obligaciones, conservamos los derechos de acuerdo con la ley y el contrato.

    3. Siempre mantenemos el derecho a reclamar daños y perjuicios.

    Artículo 14 Cancelación

    1. Si la contraparte desea cancelar el contrato después de la aceptación del pedido, por cualquier razón, tenemos el derecho, a nuestra elección, de obligar a la contraparte a cumplir completamente con el contrato o aceptar la cancelación bajo la condición de que la contraparte pague como indemnización una cantidad igual al 20% del monto del pedido dentro del plazo que fijemos.

    2. La disposición del párrafo anterior también se aplica si la contraparte se niega a recibir un envío de bienes solicitados. En este caso, también se le cobrarán a la contraparte los costos de transporte (adicionales).

    Artículo 15 Responsabilidad

    1. Salvo que la contraparte demuestre lo contrario, por dolo o negligencia grave de nuestra parte o de nuestros subordinados, no seremos responsables de daños comerciales (interrupciones comerciales y otros costos, pérdida de ingresos, etc.), daños por lesiones personales, pérdida de valor de bienes o cualquier otro daño directo o indirecto que surja de los bienes entregados (o no entregados) por nosotros, los consejos proporcionados por nosotros, los trabajos o servicios realizados por nosotros, o el retraso o la falta de entrega de los bienes, consejos, trabajos o servicios, para la contraparte o para terceros.

    2. Tampoco seremos responsables por daños que surjan debido a que los bienes entregados no cumplen con los requisitos legales o las normas impuestas por las autoridades sobre el uso de esos bienes.

    Artículo 16 Riesgo

    1. A partir del momento de la entrega de los bienes, la contraparte asume el riesgo de cualquier daño directo o indirecto que pueda resultar de los bienes entregados por nosotros.

    Artículo 17 Fuerza mayor

    1. Las partes no están obligadas a cumplir con ninguna obligación si son impedidas por circunstancias que no sean culpables y que no corresponden a su responsabilidad según la ley, un acto jurídico o las prácticas comerciales.

    2. Bajo fuerza mayor se entiende, además de lo que se define por la ley y la jurisprudencia, cualquier causa externa, prevista o no prevista, sobre la cual no tenemos control, pero que nos impide cumplir con nuestras obligaciones. Las huelgas en nuestra empresa se incluyen en esto.

    3. También podemos invocar la fuerza mayor si la circunstancia que impide el cumplimiento (adicional) ocurre después de que debíamos haber cumplido nuestra obligación.

    4. Durante el período de fuerza mayor, las partes pueden suspender las obligaciones del contrato. Si este período dura más de dos meses, cualquiera de las partes tiene derecho a resolver el contrato sin obligación de compensar a la otra parte.

    5. En la medida en que ya hayamos cumplido parcialmente con nuestras obligaciones del contrato antes del evento de fuerza mayor o podamos cumplirlas después, y la parte cumplida o pendiente tenga un valor independiente, tenemos el derecho de facturar por separado la parte cumplida o pendiente del contrato. La contraparte está obligada a pagar esta factura como si fuera un contrato separado.

    Artículo 18 Exoneraciones

    1. La contraparte nos exime de las reclamaciones de terceros relacionadas con los derechos de propiedad intelectual sobre los materiales o datos proporcionados por la contraparte que se utilizan para cumplir el contrato.

    2. Si la contraparte nos proporciona soportes de información, archivos electrónicos o software, garantiza que estos soportes están libres de virus y defectos.

    Artículo 19 Propiedad intelectual y derechos de autor

    1. Los diseños, bocetos, dibujos, películas, software y otros materiales (electrónicos) creados en el contexto del contrato siguen siendo propiedad nuestra, incluso si han sido entregados a la contraparte o a terceros, salvo acuerdo en contrario.

    2. Todos los documentos que proporcionemos, como diseños, bocetos, dibujos, películas, software, archivos electrónicos, etc., están destinados exclusivamente al uso de la contraparte y no pueden ser reproducidos, divulgados ni dados a conocer a terceros sin nuestro consentimiento previo, salvo que de la naturaleza de los documentos se derive lo contrario.

    3. Nos reservamos el derecho de utilizar cualquier conocimiento adquirido a través de la ejecución de trabajos para otros fines, siempre que no se divulgue información confidencial a terceros.

    Artículo 20 Transporte

    1. A menos que se acuerde lo contrario, los gastos de transporte, seguro y otros costos de envío correrán a cargo de la contraparte.

      Artículo 20 Transporte

      1. A menos que se acuerde lo contrario, determinamos los medios de transporte y las rutas de transporte, sin ser responsables de elegir la opción más rápida o más económica.

      2. A menos que se acuerde lo contrario, los costos de transporte serán cargados a la contraparte.

      3. El envío de bienes siempre se realiza, incluso si se ha acordado una entrega franco de gastos, bajo el riesgo de la contraparte, incluso cuando el transportista exige que en los conocimientos de embarque, direcciones de transporte y similares conste que todos los daños de transporte corren por cuenta y riesgo del remitente.

      Artículo 21 Disputas

      1. El juez en el lugar de nuestra sede será el único competente para conocer de las disputas, a menos que el juez de paz sea competente. No obstante, tenemos el derecho de someter la disputa al juez competente según la ley.

      2. Las partes solo recurrirán al juez después de haberse esforzado al máximo para resolver la disputa mediante acuerdo mutuo.

      Artículo 22 Derecho aplicable

      1. A cada contrato entre nosotros y la contraparte se le aplicará la ley neerlandesa. El Convenio de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías está expresamente excluido.

      Artículo 23 Modificación, interpretación y ubicación de los términos

      1. Estos términos han sido depositados en la Cámara de Comercio de Amersfoort.

      2. En caso de interpretación del contenido y el alcance de estos términos y condiciones generales, siempre prevalecerá el texto en neerlandés.

      3. Siempre se aplicará la versión más recientemente depositada o la versión que estuvo en vigor en el momento de la celebración del contrato.